Retenciones en Uruguay: cómo funcionan y qué obligaciones implican en 2026
En Uruguay, el sistema de retenciones es uno de los mecanismos principales que utiliza la Dirección General Impositiva (DGI) para recaudar impuestos de forma anticipada. En lugar de esperar a que cada contribuyente liquide y pague sus impuestos al final del período, ciertos pagadores están obligados a descontar una parte del monto que abonan a terceros y transferirla directamente al fisco.
Este mecanismo afecta tanto a empresas como a personas físicas, y opera sobre impuestos clave como el IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas), el IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) y el IVA (Impuesto al Valor Agregado). Entender cómo funciona es fundamental para evitar errores, multas y problemas con la DGI.
Qué es y para qué sirve
Una retención es el descuento que realiza un pagador (llamado agente de retención) sobre un pago que le hace a otra persona o empresa, con el objetivo de adelantar el pago de un impuesto al Estado. El agente retiene ese monto y lo deposita en la DGI en nombre del contribuyente.
Este sistema sirve para facilitar la recaudación, reducir la evasión fiscal y distribuir el pago de impuestos a lo largo del año en lugar de concentrarlo en una sola liquidación anual.
¿A quién aplica?
- Empresas y empleadores: deben retener IRPF sobre los sueldos de sus empleados dependientes.
- Empresas que contratan servicios: pueden estar obligadas a retener IRAE o IVA cuando pagan a proveedores o prestadores de servicios.
- Personas físicas con rentas de capital: quienes reciben dividendos, arrendamientos o intereses pueden estar sujetos a retenciones de IRPF.
- Entidades financieras: retienen sobre intereses y rendimientos de capital mobiliario.
Base legal
- IRPF: Ley N.º 18.083 (Reforma Tributaria de 2006) y sus decretos reglamentarios, en particular el Decreto N.º 148/007.
- IRAE: Ley N.º 18.083 y Decreto N.º 150/007.
- IVA: Título 10 del Texto Ordenado 1996 (T.O. 1996) y resoluciones específicas de la DGI.
- Las tasas y nóminas de agentes de retención se actualizan mediante resoluciones de la DGI, que pueden cambiar con frecuencia. Se recomienda verificar siempre en www.dgi.gub.uy.
Cómo funciona paso a paso
El proceso varía según el tipo de retención, pero en términos generales sigue estos pasos:
Para empleadores que retienen IRPF sobre sueldos
- Determinar la categoría del empleado: verificar si el trabajador tributa por rentas de trabajo (Categoría II del IRPF) y cuál es su escala de ingresos.
- Calcular el monto a retener: aplicar la escala progresiva de IRPF vigente sobre el ingreso nominal del empleado, descontando deducciones permitidas (BPC, aportes al BPS, etc.). Las tasas van del 0 % al 36 % según el tramo de ingresos. Verificar la escala actualizada en www.dgi.gub.uy.
- Descontar el monto del sueldo: el empleado recibe su salario neto ya deducida la retención.
- Declarar y verter la retención a la DGI: el empleador ingresa al portal DGI en línea (www.dgi.gub.uy) y presenta la declaración jurada mensual correspondiente. Verificar en el organismo oficial correspondiente el formulario aplicable según la situación.
- Pagar dentro del plazo: el pago se realiza en la red de cobranza habilitada o por transferencia electrónica, según el vencimiento mensual asignado por la DGI.
Para empresas que retienen IVA o IRAE a proveedores
- Verificar si la empresa es agente de retención: la DGI designa mediante resolución qué empresas tienen esta obligación. Consultar el listado en www.dgi.gub.uy.
- Identificar las operaciones alcanzadas: no todos los pagos están sujetos a retención; depende del tipo de servicio, el monto y la condición del proveedor.
- Aplicar la tasa correspondiente: las tasas de retención de IVA e IRAE varían según la resolución vigente. Verificar en el organismo oficial correspondiente.
- Emitir el comprobante de retención: el agente debe entregar al proveedor un certificado de retención que acredite el descuento realizado.
- Presentar la declaración y pagar: mediante el portal DGI en línea, dentro de los plazos mensuales establecidos.
Documentación necesaria
- RUT (Registro Único Tributario) del agente de retención y del retenido.
- Comprobantes de pago (facturas, recibos de sueldo).
- Certificados de retención emitidos.
- Acceso al portal DGI en línea con usuario y contraseña.
Plazos y fechas importantes
Los vencimientos para declarar y pagar retenciones en Uruguay son mensuales y varían según el último dígito del RUT del contribuyente. La DGI publica el calendario de vencimientos actualizado cada año en su sitio oficial.
A continuación, los aspectos clave sobre plazos:
- Las retenciones de IRPF sobre sueldos deben declararse y pagarse mensualmente, generalmente entre los días 7 y 25 del mes siguiente al devengamiento, según el dígito verificador del RUT.
- Las retenciones de IVA e IRAE también tienen vencimientos mensuales escalonados por dígito del RUT. Verificar el calendario exacto en www.dgi.gub.uy.
- El certificado de retención debe entregarse al proveedor o empleado dentro del mes en que se realizó la retención.
- La declaración anual de IRPF (para personas físicas que deben reliquidar) tiene vencimiento generalmente en junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Este plazo puede variar; verificar en la DGI.
Consecuencias de no cumplir en plazo
- Generación de multas automáticas por mora, que se calculan sobre el monto adeudado.
- Aplicación de recargos por mora e intereses que aumentan con el tiempo.
- Posibles observaciones o fiscalizaciones por parte de la DGI.
- En casos graves o reiterados, la DGI puede iniciar acciones de cobro coactivo.
Errores comunes y cómo evitarlos
- No verificar si la empresa es agente de retención: muchas empresas desconocen que la DGI las ha designado como agentes de retención mediante resolución. Esto genera omisiones involuntarias. Para evitarlo, consultar periódicamente el listado oficial en www.dgi.gub.uy o con un contador.
- Aplicar tasas desactualizadas: las escalas del IRPF y las tasas de retención de IVA e IRAE pueden modificarse por resolución de la DGI. Usar tablas viejas genera retenciones incorrectas. Siempre verificar la normativa vigente antes de cada liquidación.
- No emitir el certificado de retención al proveedor o empleado: este documento es obligatorio y permite al retenido acreditar el impuesto ya pagado ante la DGI. Omitirlo puede generar conflictos y reclamos. Emitirlo siempre dentro del mes correspondiente.
- Confundir retención con pago definitivo: en muchos casos la retención es un anticipo, no el impuesto final. El contribuyente retenido puede tener que reliquidar al cierre del ejercicio. Es importante entender que retención no siempre equivale a impuesto cancelado.
- Presentar la declaración jurada sin pagar: declarar sin efectuar el pago no exime de multas ni recargos. La obligación se cumple solo cuando tanto la declaración como el pago están realizados dentro del plazo.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre ser agente de retención y ser contribuyente?
El agente de retención es quien descuenta el impuesto del pago que le hace a otro y lo deposita en la DGI. El contribuyente es quien soporta económicamente ese descuento. Una misma empresa puede ser las dos cosas al mismo tiempo: retiene a sus proveedores y empleados, pero también puede ser retenida por sus propios clientes.
¿Puedo recuperar lo que me retuvieron si fue más de lo que debía pagar?
Sí. Si al reliquidar el impuesto anual (por ejemplo, IRPF) el total retenido supera lo que efectivamente corresponde pagar, el contribuyente puede solicitar la devolución del excedente a la DGI o imputarlo a otras obligaciones. Este proceso se realiza a través del portal DGI en línea.
¿Las personas físicas que alquilan un inmueble están sujetas a retención?
Sí. Las rentas de arrendamiento de inmuebles están gravadas por IRPF (Categoría I, rentas de capital). Si el arrendatario es una empresa o agente de retención designado, puede estar obligado a retener IRPF sobre el alquiler que paga. La tasa aplicable debe verificarse en la normativa vigente en www.dgi.gub.uy.
¿Qué pasa si me retuvieron de más durante el año en mi sueldo?
Al cierre del ejercicio fiscal, los trabajadores dependientes pueden presentar su declaración anual de IRPF para reliquidar. Si el total retenido por el empleador fue mayor al impuesto real, la DGI devuelve la diferencia. Si fue menor, el trabajador debe pagar el saldo. Este proceso es opcional para quienes tienen un solo empleador y sin otras rentas, pero puede ser conveniente realizarlo.
¿Dónde puedo consultar si tengo deudas por retenciones no pagadas?
Ingresando al portal DGI en línea en www.dgi.gub.uy con el RUT y contraseña de la empresa o persona, se puede consultar el estado de cuenta y verificar si existen obligaciones pendientes, multas o recargos acumulados.
Resumen y recomendación
Las retenciones en Uruguay son un mecanismo central del sistema tributario que afecta a empleadores, empresas y personas físicas con distintos tipos de rentas. Cumplir correctamente con las obligaciones de retención —declarar, pagar y emitir certificados en tiempo y forma— es fundamental para evitar multas, recargos y problemas con la DGI.
El primer paso concreto es verificar si tu empresa figura como agente de retención designado en el sitio oficial de la DGI y revisar el calendario de vencimientos vigente para el año 2026. Si tenés empleados, asegurate de aplicar las escalas de IRPF actualizadas en cada liquidación de sueldos.
Este contenido es de carácter informativo y no reemplaza la asesoría de un contador o asesor fiscal habilitado. La normativa tributaria uruguaya puede modificarse mediante resoluciones de la DGI con relativa frecuencia. Ante cualquier duda específica sobre tu situación, consultá con un profesional o directamente con la Dirección General Impositiva en www.dgi.gub.uy.
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